Para aclarar, la moratoria sólo se aplica a la liberación al ambiente, es decir, los cultivos transgénicos. Los importados para la alimentación humana o de animales (por ejemplo, el maíz amarillo duro y la soya), no están restringidos ni regulados hasta que se apruebe el RISBA. Tampoco se prohíbe la investigación con transgénicos, pero solo si se realiza en espacios confinados como laboratorios o invernaderos.
¿Cuál es el sustento para ampliar la moratoria?
Para saberlo, analicemos la exposición de motivos.
Ley de moratoria se sustenta en la necesidad de preservar el ambiente equilibrado del país, dado que existe una incertidumbre sobre los impactos que pueden producir los transgénicos sobre los ecosistemas del Perú y sobre la diversidad genética, como la papa, maíz.
Es importante preservar un ambiente equilibrado. Para ello contamos con instrumentos normativos nacionales, como la Ley N.º 27104 (Ley de prevención de riesgos derivados del uso de la biotecnología), e internacionales, como el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (ambos ratificados), los cuales establecen regulaciones para el uso de los transgénicos en el país. En términos sencillos, los transgénicos no pueden ser usados libremente, sino con una autorización expresa de la autoridad competente.
Las regulaciones sobre los transgénicos se establecieron, precisamente, para analizar esa incertidumbre sobre los posibles efectos adversos sobre el ambiente, la diversidad biológica y la salud humana. Esto se hace a través de una evaluación de riesgos, que es algo parecido a las evaluaciones de impacto ambiental que se realizan ante cualquier proyecto minero, de hidrocarburos, etc. Sin esta evaluación, no podemos afirmar o negar, con base a evidencias científicas, que los transgénicos representan un riesgo.
La evaluación de riesgos forma parte de un proceso integral donde, a parte de identificar y caracterizar los posibles efectos adversos de los transgénicos, se establecen las medidas de gestión para evitarlos, controlarlos o mitigarlos. Además se fomenta la comunicación transparente de los riesgos identificados entre los stakeholders (reguladores, solicitantes, la sociedad civil, agricultores, etc.). Todo eso está contemplado en las normas —nacionales e internacionales— que regulan los OVM en el Perú.
Si se tenía todo eso, ¿por qué se estableció una moratoria, en primer lugar? Porque la normativa no estaba implementada. Había vacíos de información, por ejemplo, no habían mapas de distribución de nuestra diversidad genética, que es clave para hacer la evaluación de riesgos. Por ello, se dio un plazo de diez años para que la seguridad de la biotecnología en el país se ponga en funcionamiento. Y eso se está logrando.
Sigamos con el análisis de la exposición de motivos:
Hasta hoy no tenemos cuál es la situación real de los transgénicos, si están ingresando semillas o granos para alimentación animal y finalmente son utilizados como semillas.
La verdad, sí lo sabemos. Se controlan las semillas que ingresan al país. Se sabe en qué lugares hay siembras ilegales de transgénicos. Se sabe que importamos miles de toneladas de granos de maíz amarillo transgénicos de Estados Unidos y de Argentina, y granos y torta de soya transgénica de Bolivia.
Importaciones de maíz amarillo duro en 2019. Fuente: SUNAT. |
Luego, la exposición de motivos pone como antecedentes el Protocolo de Cartagena (aunque sacando de contexto las definiciones). También los artículos 65, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú, que hacen referencia al derecho a la información de consumidores y usuarios, al uso sostenible de los recursos naturales y a la conservación de la diversidad biológica, respectivamente. Y, finalmente, al principio precautorio establecido en la Ley General del Ambiente.
Lo que no menciona es que son todos estos antecedentes los que sustentan la regulación de los transgénicos, no su prohibición sin análisis previo. Si no tuviéramos en cuenta el principio precautorio, simplemente se usarían los transgénicos libremente, como se hace con otras herramientas tecnológicas. Pero, como hay riesgos asociados a ellos, deben pasar por una evaluación previa.
Este párrafo es lo único rescatable de la exposición de motivos:
De igual modo, se encuentra pendiente promover la utilización responsable de la biotecnología moderna salvaguardando los procesos productivos sostenibles actualmente desarrollados; pero también resulta necesario promover la investigación científica a fin de coadyuvar al logro del conocimiento suficiente que permita evaluar los posibles riesgos de los OVM en el medio ambiente, la diversidad biológica y la salud humana, pero bajo estrictos estándares internacionales y sus respectivas directrices y principios.
Esa es la clave y no necesitas moratorias para conseguirlo. Con procedimientos regulatorios claros se promueve el uso seguro de la biotecnología porque el investigador, desarrollador o usuario de transgénicos sabrá qué requisitos de bioseguridad debe cumplir para obtener una autorización. Además, CONCYTEC puede financiar investigaciones que servirán para la evaluación de riesgos, por ejemplo, análisis del flujo de genes y medidas de contención, efecto de las proteínas transgénicas sobre especies beneficiosas u organismos indicadores, diferencias en la rentabilidad de variedades transgénicas respecto a convencionales, etc.
En los dos siguientes párrafos, hace un escueto análisis de la regulación europea sobre transgénicos, que como muchos conocen, es muy estricta. Pero indica que es debido a ella que "en Europa no se comercializa ninguna variedad de tomate transgénico". La verdad es que no existen tomates transgénicos en el mercado desde el año 2000. Y creo que debemos agradecer a los europeos por su rigurosidad regulatoria, porque así tenemos la certeza que todos los transgénicos que han evaluado y autorizado para la alimentación, y que nosotros los consumimos, son seguros.
Hasta ahora, no hay nada en la exposición de motivos que sustente ampliar la moratoria. Como no hay argumentos, se recurre a la vieja confiable: la biodiversidad. Sin embargo, no toma en cuenta que otros países tan o más megadiversos que el Perú usan transgénicos: Australia, Brasil, China, Colombia, Filipinas, India, México y Sudáfrica.
Cada país es diferente y no podemos asumir que porque en uno funciona, aquí ocurrirá lo mismo. Los riesgos asociados a los transgénicos varían en función al ambiente donde será liberado. Por eso son importantes las evaluaciones de riesgos. Sin embargo, el común denominador en todos los países megadiversos que usan esta tecnología es que cuentan con sistemas de regulatorios y de bioseguridad implementados. Unos más rigurosos que otros. Y a eso debemos apuntar.
Costo-beneficio
El análisis costo-beneficio que se presenta en una exposición de motivos se debe realizar con base a evidencia, haciendo una valoración adecuada los costos de oportunidad: lo que ganamos y lo que perdemos por no usar los transgénicos, no solo en en la agricultura, sino en otras actividades, como la salud (para el control de vectores de enfermedades como la malaria o el dengue) o el ambiente (en biorremediación de relaves mineros, en suelos degradados por uso excesivo de plaguicidas, control de especies invasoras, etc).
Sin embargo, en este proyecto de ley no hay ningún balance costo-beneficio. Solo se limita a decir que "no irroga gastos al Estado", un cliché usado en todos los proyectos normativos para que no sea observado por el Ministerio de Economía y Finanzas, aunque esto nunca es cierto. La implementación de cualquier norma requiere de presupuesto adicional.
La pregunta que deben hacerse en este punto es: ¿se ha hecho un análisis o balance general de lo que hemos ganado y perdido con estos casi nueve años de moratoria a los transgénicos? ¿Cuáles fueron los resultados? ¿Se lograron los objetivos de la moratoria? Nada en la exposición de motivos analiza este punto clave.
Finalmente, el escueto análisis realizado por el congresista Campos Villalobos da ideas vagas como "salvaguardar la seguridad de la población y del medio ambiente de un grave peligro o irreversible para la diversidad biológica", que no ha sido evaluada con base a evidencia y que ya se contempla en nuestra normativa vigente; que "existe un evidente déficit de infraestructura", cosa que no es cierta porque el Perú cuenta con laboratorios con tecnología de punta; y que "constituye una medida eficaz y eficiente que el Estado peruano debe adoptar en atención al Principio Precautorio", que, como explicamos anteriormente, por esa razón se regulan tal como lo establece el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Cartagena.
Efectos en la legislación nacional
La exposición de motivos indica que "la presente propuesta legislativa no se contraviene con ninguna disposición legal del ordenamiento jurídico". Es cierto, dado que es una ampliación a una norma que ya está vigente. Sin embargo, como vimos a lo largo de este artículo, no habría sustento técnico ni científico para su ampliación. Los transgénicos en el Perú, con o sin moratoria, son regulados. Su uso depende de una autorización que se basa en un análisis de riesgos. Si hay evidencias de daños o riesgos que no pueden ser manejados, simplemente no serán autorizados.
Finalmente, la exposición de motivos dice:
La presente iniciativa se encuentra enmarcada en las siguientes políticas de Estado: Décima Novena: Desarrollo sostenible y gestión ambiental para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Perú; Vigésima Cuarta: Afirmación de un Estado eficiente y transparente; y Vigésima Octava: referida a la vigencia de la Constitución y los Derechos Humanos.
Para un desarrollo sostenible requerimos de herramientas tecnológicas modernas. Debemos ir acorde al avance de la ciencia. Por otro lado, ser eficiente no significa prohibir algo que no queremos evaluar o discutir técnicamente y de manera transparente. Y regular los transgénicos como lo hacen otros países no va en contra de la Constitución ni vulnera los Derechos Humanos.
Es así que debemos estar atentos a diferentes proyectos de ley que carecen de sustento científico. ¿Se imaginan una propuesta de moratoria a la instalación de antenas de comunicación porque transmiten la COVID-19 o generan cáncer? ¿qué opinan sobre una moratoria a las vacunas porque aumentan los casos de autismo? Sus proponentes dirán que tienen sustento científico porque hay estudios que así lo demuestran. Y, es cierto, estudios científicos hay de todo tipo: los buenos y los malos; los que se publican en revistas con revisión por pares y los que salen en revistas depredadoras; los que están bien diseñados y los que ajustan la metodología para demostrar sus ideas; los que encuentran una causalidad y los que muestran simples correlaciones. En nuestros días, que algo esté publicado en una revista científica no es garantía de nada. Se requiere siempre de un análisis crítico.
Concuerdo completamente con David Castro, por su crítica constructiva y con bases científicas de un ex abrupto de un proyecto Legislativo que proviene de un miembro de un partido político que muchos aún pensamos con cierta credibilidad política. Otro proyecto legislativo más, que hace que perdamos más en la institucionalidad y representatividad de los partidos político, que como AP, se originaron como ACCION POPULAR y no populista e irresponsable de un representante del partido.
ResponderBorrar¿Se lograron los objetivos de la moratoria?
ResponderBorrarHola. Puedes revisar esa información aquí: http://bioseguridad.minam.gob.pe/normatividad/implementacion/
BorrarDeberías leer las investigaciones de Georgina Catacora.
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